Se inicia el proceso para la elección y renovación de los miembros de Consejos Escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Más información: BOCyL n.º 187, 25 de septiembre de 2024 - Disp. 023
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¿Qué es?
El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.
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¿Quién lo compone? El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:
- El Director del centro, que será su Presidente.
- El Jefe de Estudios.
- Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.
- 6 profesores.
- 4 padres.
- 3 alumnos.
- Un representante del personal de administración y servicios del centro.
- La Secretaria del centro.
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¿Qué funciones tiene?
- Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
- Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
- Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
- Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
- Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
- Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
- Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
- Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
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¿Cómo se eligen y renuevan los miembros del Consejo Escolar?
El procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico.
El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa.
Este año debemos renovar la mitad del consejo.
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Fases del proceso de renovación:
- Convocatoria del sorteo para la elección de miembros de la Junta electoral.
- Constitución de la Junta Electoral para la Renovación de los Consejos Escolares 2024 - 2025.
- Publicación del Censo Electoral y periodo de reclamación: desde el 22 al 25 de octubre de 2024.
- Censo electoral familias: en formato papel en el hall de centro.
- Censo electoral alumnado: en formato papel en el hall del centro.
- Censo electoral profesorado: en formato papel en la sala de profesores.
- Censo PAS: en formato papel en conserjería.
- Publicación del censo definitivo: 25 de octubre 2024.
- Presentación de candidaturas: 25 de octubre 2024. Desde el 25 de octubre al 4 de noviembre de 2024.
- Publicación de listas provisionales de candidaturas: 4 de noviembre 2024.
- Plazo de reclamaciones de listas provisionales de candidaturas: del 4 al 7 de noviembre 2024.
- Publicación de listas definitivas de candidaturas: 11 de noviembre 2024.
- Voto por correo: desde el 12 de noviembre al 19 de noviembre de 2024 (hasta 11:00)
- Constitución de las mesas electorales y votaciones.
día 18 de noviembre: alumnado.
día 19 de noviembre: profesorado, familias y PAS.
- Proclamación de candidatos electos y suplentes: 22 de noviembre 2024.
- Sesión de constitución del Consejo Escolar: 28 de noviembre 2024.
- Registro electrónico de los resultados del proceso de elecciones: 28 de noviembre 2024.
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Formato Candidatura:
Plazo presentación: del 25 de octubre al 4 ce noviembre.
Lugar: Secretaría del centro. correo: secretariajuandejuni@gmail.com
Candidaturas:
- Candidatura familias. Word - Pdf
- Candidatura profesorado. Word - Pdf
- Candidatura alumnado. Word - Pdf
- Candidatura PAS (personal administración y servicios) Word - Pdf
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Listado provisional de candidaturas
Plazo presentación subsanaciones: del 4 al 7 de noviembre.
Lugar: Secretaría del centro. correo: secretariajuandejuni@gmail.com
Candidaturas:
- Candidatura familias. Pdf
- Candidatura profesorado. Pdf
- Candidatura alumnado. Pdf
- Candidatura PAS (personal administración y servicios) Pdf
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Listado definitivo de candidaturas
Candidaturas:
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Voto por correo
La candidatura presentada para ser miembro del Consejo Escolar en el sector de las familias es:
- D. Carlos Linares Santos
- D. Marco Antonio Fondevila Gil
- D. Antonio del Hoyo Ventura
Se pueden elegir en la papeleta hasta 2 personas.
RD 83/1996, Artículo 13: El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales, sea cual fuere el número de hijos escolarizados en el instituto.
Las familias pueden ejercer su derecho a voto por correo. Para ello pueden recoger los sobres personalmente o a través de sus hijos en el hall del centro. Dentro del sobre está la información para realizar el voto por correo.
Para garantizar el secreto del voto y la identificación del elector se usa el sistema de doble sobre, que se entrega al director del centro (a través de sus hijos en el hall del centro) o por correo postal.
En el caso de que el sobre se haga llegar al director del centro, este emite un certificado como justificante de la entrega.
Las familias pueden elegir a sus representantes por voto por correo: Día: desde el día 12 de noviembre de 2024 hasta el día 19 de noviembre de 2024 (hasta las 11:00) Lugar de entrega del sobre: Mesa en hall del instituto o correo postal.
Documentos para voto por correo:
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Voto presencial
La candidatura presentada para ser miembro del Consejo Escolar en el sector de las familias es:
- D. Carlos Linares Santos
- D. Marco Antonio Fondevila Gil
- D. Antonio del Hoyo Ventura
Se pueden elegir en la papeleta hasta 2 personas.
RD 83/1996, Artículo 13: El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales, sea cual fuere el número de hijos escolarizados en el instituto.
Las familias pueden elegir a sus representantes por voto presencial:
Día: 19 de noviembre de 2024 Lugar: Aula 00 Horario: de 11:00 a 13:00 y de 18:00 a 20:00.
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